Contacto con alimentos
Objetos destinados a entrar en contacto con alimentos
Los materiales que entren en contacto con los alimentos no deben contaminar los alimentos con sustancias peligrosas. El Reglamento 1935/2004/CE regula los requisitos para la trazabilidad y la identificación en toda la cadena de producción. Los productos también deberán estar marcados con el símbolo de la copa/el tenedor.
Los guantes deberán fabricarse de conformidad con el Reglamento (CE) 2023/2006 de la Comisión sobre buenas prácticas de fabricación, que establece los requisitos sobre el sistema de garantía de calidad del fabricante para los objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
Los guantes de protección con el símbolo de la copa/el tenedor cumplen los requisitos anteriores y se pueden utilizar en contacto con alimentos. En las instrucciones de uso que se incluyen con el guante vienen indicados el tipo de alimentos para los que están adaptados.